Es el contrato suscrito entre Transcalera como prestador de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial (debidamente habilitada para esta modalidad), y las entidades de salud o las personas jurídicas que demandan la necesidad de transporte para atender un servicio de salud para sus usuarios, con el objeto de efectuar el traslado de los mismos y que por su condición o estado no requieran de una ambulancia de traslado asistencial.